Pequeñas explotaciones

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Procedimiento: MR405B

Ayudas para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020


La Consellería de Medio Rural, en su intención de mejorar los resultados económicos de las explotaciones agrarias y facilitar su reestructuración y modernización, así como facilitar la entrada en el sector agrario de agricultores adecuadamente formados y, en particular, el relevo generacional, dado que esta incorporación requiere la realización de fuertes gastos e inversiones por parte de la persona joven que en ocasiones no harían viable esa incorporación si el esfuerzo económico tuviera que soportarlo íntegramente la persona joven, publica la ORDEN de 29 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la creación de empresas para las personas agricultoras jóvenes, financiadas con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI), para el apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas y para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020. 

Estas ayudas están cofinanciadas en un 7,50% por la Administración general del Estado, en un 17,50% por la Xunta de Galicia y en un 75% por el fondo Feader.

Plan: Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Encaje estructural en el plan: 

Eje: Medida 6. Desarrollo de explotaciones agrícolas y empresariales.
       Submedida 6.3 Creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones.

Finalidad: 

  • Incrementar la competitividad y el rendimiento global de las explotaciones mediante su modernización. 
  • Asegurar la competitividad y la continuidad del tejido agrario.


Beneficiarios:

Personas titulares de una pequeña explotación agraria inscrita, con por lo menos una antigüedad de un año desde la fecha de publicación de la orden, en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia. Tendrán la consideración de pequeña explotación, aquellas cuya renta unitaria de trabajo (RUT) se encuentre entre los siguientes parámetros:

  • Mínimo: la renta unitaria de trabajo que se obtenga será igual o superior al 15 % de la renta de referencia o una superficie agraria mayor o igual a 2 has.
  • Máximo: la renta unitaria de trabajo que se obtenga será inferior al 35 % de la renta de referencia.

Plazos:

  • Solicitud: 1 mes.
  • Ampliación de plazo: hasta el 27 de marzo de 2023.
  • Justificación: esta submedida tiene dos plazos de justificación:
    • Dentro de los 9 meses siguientes a la resolución de la aprobación, para solicitar el primer pago, y
    • Una vez finalizado el plan empresarial (18 meses desde la resolución de aprobación).

Lugar y forma de presentación de las solicitudes: 

  • las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal
  • la solicitud de ayuda será cubierta a través de la aplicación informática MELLES, a la que puede acceder mediante el siguiente enlace : https://melles.xunta.gal/melles/sede

Período durante el que deben destinar los bienes al fin concreto: 5 años desde el pago final de la ayuda.  

Para más información, diríjase a la Oficina Rural más próxima a su localidad. 

 

Links de interés:

 

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