Procedimiento: MR405A
Ayudas para el apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020
La Consellería de Medio Rural, en su intención de mejorar los resultados económicos de las explotaciones agrarias y facilitar su reestructuración y modernización, así como facilitar la entrada en el sector agrario de agricultores adecuadamente formados y, en particular, el relevo generacional, dado que esta incorporación requiere la realización de fuertes gastos e inversiones por parte de la persona joven que en ocasiones no harían viable esa incorporación si el esfuerzo económico tuviera que soportarlo íntegramente la persona joven, publica la ORDEN de 29 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la creación de empresas para las personas agricultoras jóvenes, financiadas con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI), para el apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas y para la creación de empresas para el desarrollo de pequeñas explotaciones, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2014-2020.
Estas ayudas están cofinanciadas en un 7,50% por la Administración general del Estado, en un 17,50% por la Xunta de Galicia y en un 75% por el fondo Feader.
Plan: Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.
Encaje estructural en el plan:
Eje: Medida 4. Inversiones en activos físicos.
Submedida 4.1. Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas.
Finalidad:
- Incrementar la competitividad y el rendimiento global de las explotaciones mediante su modernización.
- Asegurar la competitividad y la continuidad del tejido agrario.
Beneficiarios:
Personas titulares de una explotación agraria inscrita a nombre del solicitante de la ayuda, por lo menos con una antigüedad de un año en el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, de acuerdo con el Decreto 200/2012, de 4 de octubre , por el que se regula el Registro de Explotaciones Agrarias de Galicia, excepto para las personas jóvenes que soliciten en esa misma convocatoria la ayuda para la creación de empresas para las personas agricultoras jóvenes, o que se produzca una fusión entre diferentes explotaciones.
Prazos:
- Solicitud: 1 mes.
- Ampliación de plazo: hasta el 27 de marzo de 2023.
- Justificación: el plazo para ejecutar y justificar las ayudas concedidas bajo esta medida termina el 31 de julio de 2025.
Lugar y forma de presentación de las solicitudes:
- las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal
- la solicitud de ayuda será cubierta a través de la aplicación informática MELLES, a la que puede acceder mediante el siguiente enlace: https://melles.xunta.gal/melles/sede
Período durante el que deben destinar los bienes al fin concreto: 5 años desde el pago final de la ayuda.
Para más información, diríjase a la Oficina Rural más próxima a su localidad.
Links de interés:
- Convocatoria para o ano 2020
- Corrección de erros
- Ampliación de prazos
- Resolución prazo de solicitude
- Resolución convocatoria 2020. DOG Núm. 211 do 3 de novembro de 2021
- Convocatoria 2022. DOG Núm. 27 de 9 de febrero de 2022
- Ampliación de plazos 2022. DOG Núm. 175 de 14 de septiembre de 2022
- Resolución convocatoria 2022. DOG Núm. 24 de 3 de febrero de 2023
- Convocatoria 2023. DOG Núm. 18 de 26 de enero de 2023
- Modificación convocatoria 2023. DOG Núm. 40 de 27 de febrero de 2023
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