Adhesión a modelos silvícolas o de gestión forestal sostenible

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Galicia desarrolló diferentes instrumentos operativos de gestión forestal teniendo en consideración la situación actual del monte gallego. Por ello se estableció un  gradiente de requerimientos y contenidos, siendo estos más amplios para instrumentos de ordenación (proyectos de ordenación) y más flexibles para instrumentos de gestión (documento simple de gestión, documento conjunto de gestión y adhesión a modelos  silvícolas y referentes de buenas prácticas), en particular se creó una figura simplificada y adaptada a las personas propietarias o titulares de pequeñas superficies forestales (<15  hectáreas en coto redondo), a las necesarias agrupaciones de dichas personas y a los/as  silvicultores/as gallegos/as mediante la adhesión a modelos silvícolas y compromisos de buenas prácticas (“Best  Management Practices”  BMP) elaborados por la administración y que vendrían a satisfacer el abanico y diversidad del monte gallego.

A estos efectos, la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, determina en su artículo 79 las diferentes categorías de los instrumentos de ordenación o de gestión forestal, señalando a los referentes de buenas prácticas y modelos silvícolas o de gestión forestal  orientativos como instrumentos de gestión forestal, para la gestión y el aprovechamiento de los montes, basados en el análisis de las especies existentes y en sus turnos de corta cuando dichas especies sean arbóreas. Asimismo, garantizarán que no se ponga en peligro a persistencia de los ecosistemas y que se mantenga la capacidad productiva de los montes. Su estructura, contenido, forma de adhesión, comunicación a la Administración forestal y consecuencias de su incumplimiento serán desarrollados mediante orden de la consellería competente en materia de montes”.

Dicha orden fue publicada en el DOG número 106 de 5 de junio  de 2014, estableciendo la estructura y contenidos mínimos de dichos modelos, definiendo hasta 22 de ellos en su anexo I y completando este tipo de instrumentos de gestión con un código o referente de buenas prácticas que contiene los principios y criterios de gestión forestal sostenible desarrollados al amparo de las diferentes conferencias ministeriales para la protección de los bosques en Europa. Posteriormente, en febrero del año 2021, el anexo I de modelos selvícolas y de gestión forestal orientativos, fue modificado con una nueva orde.

El proceso administrativo para la adhesión a este tipo de instrumentos por los titulares forestales se regula a través del Decreto 52/2014, de 16 de abril, por el que se regulan las instrucciones generales de ordenación y de gestión de montes de Galicia, en particular por el Decreto 32/2016, de 23 de marzo, por el que se modifica dicho decreto 52/2014, y que se sustancia con una comunicación del titular ante la administración forestal.

Los actuales modelos en vigor son:
Especie Código MS Objetivo do modelo Intensidad de gestión Grado de resiliencia Tríptico

Pino del país (Pinus pinaster Ait.)

PP1

Madera para trituración, pequeño porcentaje para sierra. Máxima productividad en madera

Media-Alta

Media-baja

PP1

PP2

Madera de sierra y chapa. 400-500 pies/ha de calidad en corta final..

Media-Alta

Media-baja

PP2

PP3

Madera técnica a turno corto.

Media-alta

Media-baja

PP3

PMR

Producción mixta madera-resina en pinares.

Media-alta

Media-baja

PMR

Pino piñonero (Pinus pinea)

PPA1

Producción de piñón y madera.

Media-alta

Media-baja

PPA1

Pino insigne (Pinus radiata D. Don.)

PR1

Madera para trituración, pequeño porcentaje para sierra. Máxima productividad en madera.

Alta

Media-baja

PR1

PR2

Madera de sierra y chapa. 250-300 pies/ha de calidad en corta final.

Alta

Media-baja

PR2

PR3

Madera técnica a turno corto.

Media-Alta

Media-baja

PR3

Pino silvestre (Pinus sylvestris L.)

PS1

Producción multifuncional. Madera de sierra y chapa. 250 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Baja

PS1

PS2

Madera técnica a turno corto con persistencia del pinar.

Media-alta

Baja

PS2

Pino negral (P. nigra subsp. salzmannii var. corsicana)

PN1

Madera de sierra y chapa. 250 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Baja

PN1

Pino de Oregón (Pseudotsuga menziesii Mirb. Franco)

PM1

Madera de sierra y chapa. 200 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Media-baja

PM1

Eucalipto blanco (Eucalyptus globulus Labill.)

EG1

Madera para pasta/trituración, diámetro objetivo a los 12 años de 25 cm.

Alta

Media

EG1

EG2

Madera para sierra, diámetro objetivo a los 25 años de 50 cm, en aproximadamente 200 pies/ha de calidad. Hasta 40 años para bateas o chapa.

Alta

Media

EG2

Eucalipto nitens (Eucalyptus nitens Deane&. Maiden)

 

EN1

Madera para pasta/trituración, diámetro objetivo a los 12 años de 25 cm.

Alta

Media-baja

EN1

EN2

Madera para sierra, diámetro objetivo a los 25 años de 50 cm, en aproximadamente 200 pies/ha de calidad.

Alta

Media-baja

EN2

Roble (Quercus robur L.)

QR1

Protección, conservación y madera de calidad, con 70-100 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Media-alta

QR1

QR2

Conservación y producción de leñas.

Media-baja

Media-alta

QR2

Rebollo (Quercus pyrenaica Will.)

QP1

Aprovechamiento de leñas.

Media-Alta

Muy alta

QP1

QP2

Persistencia y producción multifuncional en rebollares en monte alto.

Media-baja

Alta

QP2

Alcornoque (Quercus suber L.)

QS1

Persistencia y producción multifuncional en alcornocales.

Media-baja

Alta

QS1

Abedul (Betula celtiberica Rothm&. Vasc)

BC1

Madera para sierra y chapa. 250 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Media

BC1

Cerezo (Prunus avium L.)

PA1

Madera para sierra y chapa. 100-150 pies/ha de calidad en corta final.

Media

Media

PA1

>Castanea sativa Miller (altitude >550 m.) ou Castanea x hybrida (altitudes menores)

CS1

Madera para sierra y chapa. 200-250 pies/ha de calidad en corta final.

Media-Alta

Media-Alta

CS1

CS2

Producción de fruto en nuevas plantaciones.

Alta

Media-Alta

CS2

CS3

Producción de fruto y otros aprovechamientos y persistencia en sotos tradicionales.

Alta-media

Alta

CS3

Chopo (Populus spp, en particular Populus × interamericana)

PCA

Producción de madera apta para desenrollo.

Muy alta

Baja

PCA

Masas de frondosas con alto valor de Madera

PFMV

Producción de madera de chapa y desenrollo.

Muy alta

Baja

PFMV

Género Pinus spp.

PF1

Producción multifuncional: micosilvícola de hongos y de madera.

Media

Media-baja

PF1

Género Quercus spp. e Castanea  spp.

PF2

Producción multifuncional: micosilvícola de hongos y de madera.

Media

Media-alta

PF2

Sistema silvopastoril

SS1

Producción multifuncional: de pastos y de madera.

Alta

Muy alta

SS1

Sistema pastoril

SP

Producción de pasto para ganadería extensiva de carne.

Media

Muy alta

SP

Masas (principalmente género Quercus spp) consolidadas de frondosas autóctonas.

 

SEF

Persistencia y producción de madera de sierra.

Alta

Media

SEF

SPN

Persistencia, producción múltiple y conservación de la biodiversidad en las masas consolidadas de frondosas autóctonas mediante silvicultura próxima a la naturaleza.

Media-Alta

Alta

SPN

XFAS

Persistencia, producción múltiple y conservación de la biodiversidad en las masas consolidadas de frondosas autóctonas mediante tratamiento de aclareo sucesivo.

Media-baja

Alta

XFAS

RBA

Conservación de formaciones autóctonas mediante no intervención y adecuada protección en forma de microrreservas.

Baja-media

Media-alta

RBA

Formaciones ripícolas

XBR

Persistencia, producción múltiple y conservación de la biodiversidad en bosques de ribera.

Alta

Muy alta

XBR

Infraestructuras verdes (rodales recreativos)

RR

Compatibilizar el uso público con la adecuada protección y gestión del sistema forestal.

Alta

Baja

RR

 

El referente de buenas prácticas es el conjunto de técnicas o prácticas de gestión forestal definidas a fin de guiar y salvaguardar que la ejecución y desarrollo de las actividades forestales se realice de forma eficaz y según criterios que aseguren su sostenibilidad, definidos en las conferencias ministeriales sobre protección de bosques en Europa:

REFERENTES DE BUENAS PRÁCTICAS FORESTALES

LA PERSONA GESTORA FORESTAL SE COMPROMETE A CUMPLIR LAS SIGUIENTES PRÁCTICAS FORESTALES:

1. Legislación aplicable.

  • Cumplimiento de la legislación vigente en materia de montes, de prevención y defensa contra incendios forestales, de montes vecinales en mano común, en su caso, conservación de la naturaleza, elementos de interés cultural, y de cualquier otra legislación concurrente en materia sectorial.
  • Velar para que todos los agentes involucrados en la gestión forestal sostenible conozcan, se formen y cumplan con la legislación vigente aplicable, especialmente aquella de carácter medioambiental y de seguridad y salud.
  • Cumplir con las distancias mínimas, legalmente establecidas en la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, que deben respetar las repoblaciones forestales y los regenerados naturales.
  • Cumplir con las obligaciones en materia de redes de fajas de gestión de biomasa legalmente establecidas en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales.

2. Uso múltiple del monte.

  • Lograr con su gestión la multifuncionalidad, fomentando la función económica, medioambiental, recreativa y social del monte, esta última especialmente en los montes periurbanos.

3. Planificación.

  • Contar con un instrumento de ordenación o gestión o realizar la adhesión a los modelos selvícolas o de gestión forestal orientativos y referentes de buenas prácticas, en cumplimiento con la legislación vigente y respetando las instrucciones de ordenación y gestión de montes de Galicia.

4. Repoblación/regeneración.

  • Adoptar las medidas necesarias para asegurar la persistencia de la masa arbolada cuando así esté planificado. Fomentando, siempre que sea posible, la regeneración natural, pero haciendo uso de la plantación artificial cuando el éxito de la regeneración no esté asegurado o las características genéticas de la masa no sean las más idóneas o puedan ser mejorables.
  • Utilizar las especies arbóreas más idóneas a la estación forestal y material reproductivo que tendrá identificado su origen y procedencia, siendo aconsejable, siempre que sea posible, cuando menos material selecto. Igualmente se dará cumplimiento en materia de origen (artículo 112.4 de la Ley 7/2012), calidad exterior del material y sanidad vegetal, debiendo siempre disponer del documento proveedor y pasaporte fitosanitario correspondiente.
  • Recurrir al abonado en las plantaciones únicamente bajo justificaciones técnicas y usando sólo los productos legalmente autorizados.
  • Si se opta por el regenerado natural se evitará extraer piña en cantidad excesiva que reduzca la cantidad de semilla necesaria y se triturarán los restos para su dispersión y diseminación.
  • Velar por el éxito del regenerado y tomar las medidas oportunas para su correcto desarrollo, especialmente en lo que se refiere a la protección contra herbívoros salvajes y domésticos, y fomentar la existencia de árboles padre.
  • Trabajar con buen tempero para asegurar el éxito de la repoblación y minimizar los daños al suelo.

5. Plagas y enfermedades.

  • Vigilar el arbolado de manera que se pueda detectar la aparición de una posible plaga o enfermedad en un breve espacio de tiempo, y realizar la preceptiva comunicación a la consellería competente en materia de sanidad forestal.
  • Cumplir con las obligaciones que se dicten en materia de medidas y tratamientos fitosanitarios obligatorios para el control y lucha contra plagas y enfermedades forestales, especialmente de aquellas emergentes, cuando se declare su existencia y se delimite la zona de afectación.

6. Productos fitosanitarios.

  • Emplear productos fitosanitarios químicos únicamente en casos excepcionales y siempre con productos autorizados y conforme con las especificaciones establecidas (dosis, medidas de seguridad y salud...). Justificar técnicamente la aplicación de estos productos autorizados. Siempre que sea posible, se recomienda la utilización de técnicas de lucha integrada.

7. Incendios.

  • Vigilar e informar inmediatamente en cuanto se detecte humo o cualquier conato de incendio y, en su caso, avisar a los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales (085). De ser necesario, según la legislación vigente, se seguirán las indicaciones del director de extinción.

8. Tratamientos selvícolas.

  • Las intensidades de poda deberán estar comprendidas entre 1/3 y 1/2 de la altura total del árbol, nunca superiores. Y los pesos e intensidad del sistema de claras no excederá del 60 % del área basimétrica de la masa inicial antes del tratamiento, aplicando preferiblemente pesos del 30-50 %, disminuyendo dicho peso cuando el índice de esbeltez de los árboles sea elevado o exista riesgo de daño por derrumbamientos.
  • Se favorecerán medidas de selvicultura, incluida la implantación y mantenimiento de sistemas pascícolas o silvopascícolas registrados, y de la red de infraestructuras en terrenos forestales que garanticen la discontinuidad horizontal y vertical de la biomasa forestal.
  • Es conveniente realizar el señalamiento de la madera previamente a la corta intermedia o final, especialmente en el caso de masas de frondosas caducifolias del anexo I de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

9. Trituración de restos.

  • Triturar los restos forestales (no mayores de 50 cm) después de la actuación y hacer su dispersión mediante desbrozadora de cadenas o martillos. Alternativamente se podrán retirar los restos del monte para el aprovechamiento energético o compostaje, siendo aconsejable dejar un porcentaje mínimo de un 30 % (fracciones más finas) a fin de no impactar en el ciclo de nutrientes del suelo de forma significativa.
  • Por dificultades de mecanización justificadas, basadas en porcentajes de pendientes, en cualquier caso superiores al 30 %, o por una elevada pedregosidad, condiciones de pluviometría que supongan riesgo de erosión o grave compactamiento del suelo o por motivos ambientales se podrá exceptuar el deber de triturar o extraer debiendo como mínimo hacer un picado de los restos.
  • Dicha obligación se exceptuará, y siempre por causas excepcionales como, entre otras, la imposibilidad técnica de trituración o extracción de restos tras la declaración de amenaza o grave riesgo de plagas o enfermedades en la zona, cuando se hubiera obtenido la preceptiva autorización para la quema de restos forestales prevista en la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia. Se regularán dichas quemas según las condiciones dispuestas en la legislación vigente.

10. Red viaria.

  • Tomar las medidas oportunas, especialmente en los aprovechamientos madereros, para racionalizar las vías de saca o trochas (número y distanciamiento). Limitar el ancho de la vía al estrictamente necesario para el paso y trabajo de la maquinaria, se aconseja no sobrepasar los 3,5 metros de ancho. Se recomienda romper la continuidad de las vías de saca a fin de reducir los daños por viento (derribos principalmente de los pies que delimitan la calle) y disminuir el impacto paisajístico.
  • En la medida de lo posible, la vía de saca no coincidirá o respetará los bosquetes de latifoliadas.
  • Minimizar el número de ramales ciegos de la red viaria forestal, evitando tramos de excesiva pendiente y construyendo obras de drenaje técnicamente justificadas.

11. Conservación de fauna y flora.

  • Fomentar, en su planificación, el mantenimiento y conservación de la diversidad de especies y ecosistemas en la unidad de gestión, tales como la creación de rodales maduros en los que se den procesos de naturalización.
  • Fomentar, en su planificación, el mantenimiento de los árboles muertos, siempre que no supongan riesgos en la estabilidad del ecosistema (plagas, enfermedades o incendios).
  • Promover la formación de masas mixtas o, como mínimo, asegurar la aparición y mantenimiento de especies acompañantes a la principal, especialmente frondosas autóctonas, que proporcionen más estabilidad al ecosistema forestal.
  • Durante la época de cría se evitará el apeo de árboles.
  • Velar por la protección, mantenimiento y mejora de las áreas de vegetación ripícola, es decir, aquellas ubicadas en los márgenes de los canales fluviales. Evitar la utilización de productos químicos y la acumulación de residuos que puedan deteriorar los canales de los cauces.

12. Gestión de residuos.

  • Velar por el mantenimiento, dentro del monte o parcela forestal, de la limpieza de residuos causados por las actividades forestales. Evitar el vertido de residuos industriales (lubricantes, fuel) en las labores forestales, usando como norma general productos biodegradables y acondicionando zonas de limpieza para maquinaria y equipos. El tratamiento de residuos se hará por la persona gestora debidamente homologada.
  • Mantener las obras limpias que se hagan en el monte o parcela forestal, sin restos de basura desparramados por el suelo. Estos residuos urbanos se deberán recoger y depositar en un contenedor adecuado.
  • De producirse residuos peligrosos, deberán respetar las siguientes indicaciones: los residuos peligrosos no se pueden mezclar con otros residuos, tampoco entre ellos. Se deben eliminar a través de la persona gestora de residuos autorizada. Si se mezclan con la tierra, se extraerá la capa afectada, se almacenará en su correspondiente contenedor/bolsa y se tratará como residuo peligroso.

13. Minimización de impactos.

  • Minimizar el uso de tratamientos selvícolas que produzcan graves impactos paisajísticos. Para ello, se racionalizarán las superficies de corta a hecho y se dejarán pequeños rodales maduros o de árboles muertos que interrumpan la uniformidad de la corta, al mismo tiempo se fomentarán en las cortas a hecho perímetros irregulares que conlleven un menor impacto visual y paisajístico.
  • Adoptar las medidas necesarias para minimizar los impactos: en la vegetación remanente después de la corta de regeneración o del tratamiento selvícola, en el suelo a largo plazo, así como en las infraestructuras forestales, en particular pistas y cortafuegos, evitando compactamiento y afectación al sistema de drenaje.
  • En la medida de lo posible, se deberá minimizar la emisión de contaminantes atmosféricos (gases de combustión de la maquinaria y de los equipos, polvo) y acústicos, siendo aconsejable mantener en perfecto estado la maquinaria y equipos, planificar adecuadamente los tiempos de transporte, circular con moderación en aquellos lugares donde se genere polvo, respetar los límites de velocidad y poseer, cuando corresponda, el marcado CE o la ITV.

14. Seguridad y salud laboral.

  • Se deberá cumplir con la legislación vigente en materia de riesgos laborales, poseyendo, los operarios que trabajen en el monte o parcela forestal, los equipos de seguridad homologados, la formación adecuada y demás requerimientos durante la ejecución de las actividades forestales.
  • Emplear personal especializado en el ámbito forestal para la planificación, ejecución y control de las actuaciones.