Pladiga 2023

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La elaboración del Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia (PLADIGA) obedece a lo dispuesto en la Ley 3/2007, del 9 de abril de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, a la Ley 17/2015, del 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, a la Ley 5/2007, del 7 de mayo, de Emergencias de Galicia, al Plan Territorial de Emergencias de Galicia (PLATERGA) y al Plan Especial de Protección Civil ante Emergencias por Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La Ley 3/2007, en su artículo 5 punto 2, establece que las competencias de la Xunta de Galicia en materia de incendios forestales serán ejercidas por el Consello da Xunta y por la consellería competente en materia forestal. Y según el artículo 6, puntos 1 b) y 2, le corresponde a la Xunta de Galicia elaborar el Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia y a la consellería competente en materia forestal ejercer estas competencias.

Además, conforme a la Ley 3/2007 y en su artículo 14 punto 1, el PLADIGA reflejará la política y las medidas para la defensa de los terrenos forestales y de las áreas de influencia forestal, englobando los planes de prevención, protección, sensibilización, vigilancia, detección, extinción, investigación y desarrollo, soporte cartográfico, coordinación y formación de los medios y agentes del servicio, así como una definición clara de objetivos y metas a alcanzar, la programación de las medidas y acciones, el presupuesto y el plan financiero, así como los indicadores de su ejecución.

El PLADIGA 2023 (Plan de Prevención y Defensa contra los Incendios Forestales de Galicia) tiene por objeto el establecimiento de la organización y el procedimiento de actuación de los recursos y servicios cuya titularidad corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, de aquellos que puedan ser asignados a éste por la Administración General del Estado, así como de los que pudiesen ser facilitados por otras entidades públicas o privadas para hacer frente a los incendios forestales dentro del territorio gallego, y permitir, en su caso, una coordinación y actuación conjunta de los diversos servicios y administraciones implicadas en la lucha contra el fuego, con el fin de desarrollar en su totalidad la fase de actuación de las Situaciones 0 y 1, referidas a aquellos incendios forestales con Índice de Gravedad Potencial 0 o 1, clasificados así por las dimensiones o las características de la masa forestal afectada, y aquellas propias asignadas para la Situación 2 en el PEIFOGA.

 

Funciones básicas

  • Prever la estructura organizativa y los procedimientos para la prevención, detección, extinción e investigación de incendios forestales según las épocas de peligro.
  • Establecer con carácter general las épocas de peligro, relacionadas con el riesgo de incendios forestales, en función de las previsiones generales y de los diferentes parámetros locales que definen el riesgo.
  • Reducir al máximo posible, teniendo en consideración los recursos disponibles, las consecuencias ecológicas, económicas y sociales producidas por los incendios forestales.
  • Establecer los objetivos y las actuaciones a desarrollar en el año 2023 para hacer frente a los incendios forestales.

La elaboración del Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia corresponde a la consellería competente en materia forestal. La aprobación de este plan corresponde al Consello da Xunta, a propuesta de dicha consellería, oído el Consello Forestal de Galicia.

 

Medios adscritos al PLADIGA

El PLADIGA hace una relación exhaustiva de medios humanos y materiales que incluye:

  • Los medios propios de la Consellería do Medio Rural, de entidades públicas y privadas.
  • Los medios propios de la Administración Local, incluyendo los Grupos de Emergencias Supramunicipales (GES), las brigadas de prevención y extinción, los vehículos motobomba conveniados, los parques comarcales de bomberos y los parques municipales de bomberos.
  • Los medios contemplados en el Plan Contra Incendios Forestales Estatal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el apoyo a las CCAA.
  • Los apoyos puntuales de medios de las CCAA fronterizas con las que existe convenio o acuerdo.

 

Planes que engloba el PLADIGA

El PLADIGA integra cuatro planes:

Plan de prevención

La prevención constituye una de las bases fundamentales en la lucha contra los incendios forestales. Se define como el conjunto de acciones encaminadas a eliminar los riesgos que pueden ser origen de los fuegos y de su propagación.

El Plan de Prevención de la Dirección Xeral de Defensa do Monte de la Consellería do Medio Rural incluye la regulación del uso del fuego, las acciones sociológicas y de educación ambiental, los sistemas de alerta preventiva, la silvicultura preventiva, la creación y mejora de infraestructuras de defensa y acciones de mejora de la gestión forestal y de sus producciones, que redunden en un incremento del valor del monte.

Plan de detección, disuasión, investigación y medidas correctoras

Este Plan contribuirá a reducir el número de incendios y a influir positivamente en el comportamiento de la población, con el fin de evitar negligencias y ejercer una función disuasoria en los causantes de fuegos intencionados, al saber que la investigación, la presencia policial y la vigilancia es continuada y que no se limita sólo a las épocas de mayor peligro.

Por otra parte, para llevar a cabo un rápido control de los incendios, es necesario contar con un sistema eficiente de detección de los mismos, que permita iniciar la extinción lo antes posible.

El Plan comprende las vertientes forestal y policial y se articula en detección, disuasión e investigación.

Plan de extinción

De acuerdo con los principios de intervención rápida, acción de conjunto y concentración de esfuerzos, en el plan de extinción se recogen los medios humanos y materiales, su distribución territorial y el procedimiento operativo.

Plan de formación

La formación es una actividad imprescindible que refuerza y mejora la profesionalización del personal. Los contenidos, la extensión y la intensidad de la formación se adaptará a cada categoría profesional.

Todo el personal relacionado directamente con la extinción de incendios forestales deberá recibir una formación general y específica acorde a su categoría profesional. Los organismos responsables velarán para que todo el personal a su cargo reciba dicha formación.

Del mismo modo, también es importante la formación en materia de prevención del personal, así como de otras administraciones con competencias en incendios forestales, por lo que se desarrollarán acciones formativas en varias líneas de este ámbito.