Préstamos de financiación de capital circulante en explotaciones de ganado bovino

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Procedimiento: MR553D

Reconocimiento del derecho a préstamos de financiación de capital circulante en explotaciones bovinas garantizados por el Instrumento financiero de gestión centralizada en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 , y con subsidiación de los tipos de interés

Plan:
Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Objeto:

Regular el procedimiento para el reconocimiento del derecho a préstamos de financiación de capital circulante en explotaciones bovinas garantizados por el Instrumento financiero de gestión centralizada en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), con concesión de la subsidiación de los tipos de interés de los dichos préstamos (ayudas de minimis) por parte de la Consellería de Medio Rural. Solo serán objeto de financiación, en los términos establecidos en la orden, las garantías y tipos de interés de los préstamos que las personas interesadas formalicen con las entidades financieras adheridas, mediante la firma del correspondiente convenio con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, al Instrumento financiero de gestión centralizada, y que firmaran un convenio de colaboración con la Consellería de Medio Rural para instrumentar los préstamos indicados.

Estas ayudas están cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.

Finalidad:

Los préstamos se destinarán exclusivamente a la financiación de activo corriente, entendiendo cómo tal el pago de nóminas de trabajadores, tributos, Seguridad social, alquiler, leasing, proveedores, acreedores por prestación de servicios, reparaciones, cuotas de deudas bancarias a largo plazo en el momento de su vencimiento. En ningún caso podrán aplicarse a financiar inversiones en inmovilizado o activos financieros, ni la cancelación anticipada de pasivos bancarios. 

Beneficiarios:

Personas físicas autónomas o jurídicas titulares de explotaciones bovinas de la Comunidad Autónoma de Galicia con informe favorable de solvencia crediticia de la sociedad Anónima Estatal de Caución agraria (SAECA).

Plazos:

  • Solicitud: 1 mes desde el día siguiente la publicación de la orden en el DOG
  • Formalización del préstamo: seis meses desde la fecha de emisión de la resolución válida de reconocimiento del derecho a un préstamo garantizado por el IFXC. De no formalizar el correspondiente préstamo en plazo, caducará el reconocimiento del derecho.

Importe máximo del préstamo: 30.000 € por explotación (con las limitaciones indicadas en la orden)

Tipo de interés: La Consellería de medio Rural subsidiará los tipos de interés del préstamo, con un límite máximo de 2 puntos porcentuales, y en ningún caso el tipo de interés resultante del préstamo pueda ser menos del 0%. Los intereses serán de tipo variable con revisión anual. El tipo de interés preferente a que se formalizarán los préstamos será el resultado de sumar al euríbor a un año, correspondiente al segundo mes anterior al de formalización del préstamo, un diferencial de dos puntos, redondeado el resultado a tres decimales.

Plazos de amortización: Será tipo 1:3 años sin carencia.

Sistema de amortización: mediante cuotas anuales iguales, y los intereses, devengados sobre los saldos de principal pendiente, tendrán vencimientos semestrales.

Entidades financieras adscritas:

Links de interés: